¿Cómo declarar la compensación recibida por un funcionario electo?

Mi marido, como teniente de alcalde de nuestra localidad, recibió dietas de enero a noviembre de 2017, cuando renunció a su cargo. ¿Tengo que declarar estas indemnizaciones y dónde?

Respuesta

Las asignaciones por servicio recibidas por un funcionario electo local están sujetas al impuesto sobre la renta, de acuerdo con los procedimientos de recuperación del derecho consuetudinario. La retención definitiva , que era el régimen fiscal para este tipo de rentas, fue derogada por la Ley de Hacienda de 2017. Por tanto, las bonificaciones oficiales recibidas en 2017 deben declararse con todas las rentas de 2018. , en un formulario 2042 (en papel o en línea). Los importes normalmente los rellena la DGFIP, al igual que para otros ingresos. En 2019 también se aplicará la retención en origen a estas indemnizaciones.