¿Cómo informo a impuestos mis horas de trabajo en el extranjero?

Tengo un certificado de mi empleador que confirma que pasé 254 días en el extranjero (artículo 81 AI 2 ° del CGI). ¿Cómo completo mi declaración de impuestos?

Entendemos por el certificado de su empleador y por el artículo del Código General de Impuestos al que se hace referencia que usted se considera un residente fiscal francés que se beneficia del régimen de empleados desplazados al extranjero. En principio, debe declarar todos sus ingresos de fuentes francesas y extranjeras en Francia. Los empleados domiciliados en Francia a efectos fiscales enviados por un empleador a un Estado distinto de Francia y el del lugar de establecimiento de este empleador, están sujetos a estar exentos en Francia de la totalidad o parte de los salarios percibidos como remuneración de su actividad.

Así, la retribución de la actividad en el exterior está totalmente exenta si en particular se abona a cambio del ejercicio en el exterior por un período superior a 183 días durante un período de doce meses consecutivos de una actividad relacionada con determinados sectores. El contribuyente entonces tributa sobre sus otros ingresos de acuerdo con la regla de la llamada "tasa efectiva" ingresando el monto de su salario exento en la línea 8TI del modelo No. 2042 de la planilla de contribución sobre ingresos. De hecho, el recuadro 8TI se refiere a las rentas exentas del impuesto sobre la renta francés por efecto de una convención internacional (eliminación de la doble imposición) o, como en su caso,empleados con domicilio fiscal en Francia que trabajen para un empleador establecido en Francia en otro estado de la comunidad europea, en Islandia, Noruega o Liechtenstein y que este empleador envíe de forma permanente al extranjero para el ejercicio de determinadas actividades o que justifique ser efectivamente gravados en el extranjero.

En este último caso, deberá introducir bajo este epígrafe el importe de los ingresos brutos así exentos y detallarlo en la declaración de 2047. La administración ha publicado un documento informativo n ° 2041 GG (disponible en los centros financieros public y en impots.gouv.fr) para el uso de los contribuyentes que reciben ingresos de fuentes extranjeras a la tasa efectiva. No dude en ponerse en contacto también con su empleador, quien puede informarle de manera útil sobre los procedimientos de denuncia relacionados con su situación.