¿En qué línea debemos declarar los ingresos (menos de 15.000 euros) de un alquiler amueblado del año para beneficiarse de la reducción del 50%?
Respuesta
Entendemos que, con carácter no profesional, tiene ingresos de alquiler de alojamiento amueblado (excluyendo albergues rurales, alojamiento turístico amueblado, alojamiento y desayuno o subarrendamiento de su residencia principal) gravables en la categoría de beneficios industriales y comerciales ( BIC) por un importe inferior a 15.000 euros.
Dado que sus alquileres no han superado los 70.000 euros, automáticamente entra en el régimen de micro-BIC. Por lo tanto, la administración tributaria aplica una deducción estándar del 50% sobre sus ingresos declarados, a los títulos de los cargos en los que incurrió el año pasado. En la práctica, debe ingresar sus ingresos brutos en la 2a página de la declaración adicional n ° 2042-C-PRO (ingresos por alquileres amueblados no profesionales, casillas 5 ND o 5PD, si el ingreso es el de un dependiente fiscalmente).
Si sus cargos del año pasado excedieron el 50% de sus alquileres, entonces le conviene optar por el sistema de impuestos reales, que le permitirá deducirlos por su monto real. Lo invitamos a que se comunique con su oficina tributaria o consulte el aviso de la declaración 2042-C para más detalles.
Nota Bene: a título informativo, el umbral de 15.000 euros es el que se utiliza para la aplicación del régimen microinmobiliario, aplicable en caso de arrendamiento puro y no sujeto a un régimen fiscal específico.