Permiso blanco: ¿todavía existe?

La licencia blanca ya no existe en su lectura original. Sin embargo, se mantiene un procedimiento de emergencia, que extiende la restitución del derecho a conducir a todos los automovilistas pero de forma muy restrictiva y solo en caso de suspensión del permiso de conducir.

La licencia blanca estaba destinada a los profesionales de la carretera.

Si la ley de 1992 conocida como licencia blanca limitaba la restitución del derecho a conducir a los profesionales de la carretera durante su jornada laboral, incluía en el dispositivo tanto la suspensión como la invalidación del carnet de conducir. Para obtener la restitución del derecho a conducir, fue suficiente que estos profesionales de la carretera expongan su situación profesional ante una comisión de la prefectura. Una disposición que posteriormente se consideró excesivamente permisiva con respecto a los conductores sancionados por falta (conducir en estado de ebriedad, exceso de velocidad o chocar y correr, por ejemplo).

Solo queda un dispositivo de la antigua licencia blanca

El 12 de junio de 2003, la Ley de combate a la violencia vial deroga, por tanto, el llamado procedimiento de licencia blanca pero conserva uno de sus mecanismos: se mantiene un procedimiento de emergencia, que extiende la restitución del derecho a conducir a todos. automovilistas pero de forma muy restrictiva y solo en caso de suspensión del permiso de conducir (por tanto, se excluyen los casos de invalidación por falta). El automovilista debe apoderarse del Juez de procedimientos sumarios del Tribunal Administrativo y demostrar que su situación personal o profesional está en peligro (riesgo económico; riesgo de pérdida del empleo). El juez examina si existe una duda seria sobre la legalidad de esta suspensión del permiso de conducir y luego determina la urgencia de la situación.Puede así ordenar en el plazo de 8 días la restitución del derecho a conducir al automovilista que, por tanto, puede conducir en todas las ocasiones.